"En el ámbito universal y regional de los tratados sobre derechos humanos y en el sistema constitucional argentino, el derecho a la no discriminación es la norma de cierre del sistema de derechos fundamentales y derechos humanos. Presenta como contenido a las categorías prohibidas, las cuales impiden que ciertas diferencias descriptivas habiliten diferencias normativas. Son el resultado de históricas luchas sociales para transformar el dolor en derecho honrando a la dignidad humana. Una de estas categorías es la orientación sexual." refutó el doctor en derecho Andres Gil Dominguez a las manifestaciones antiderechos de Bertie Benegas Lynch en su cuenta de Twitter.
"Por dicho, motivo la ley de matrimonio igualitario es una garantía primaria del derecho a conformar una familia sin discriminación con motivo de la orientación sexual. No existe ningún "ruido" constitucional y convencional sobre esta cuestión. El único murmullo que percibo es la enorme ignorancia jurídica de Bertie o algunos miedos inconscientes que no son para tratar en el Congreso, sino a través de una correcta asistencia psicoanalítica." concluyó diciendo Gil Dominguez en su cuenta de la red social Twitter.