Este domingo se vence la moratoria previsional que daba la posibilidad de jubilarse a los adultos mayores que no completaron los años de aportes con pagos descontados del propio haber o pagando el monto correspondiente en cuotas.
Sin este régimen de compra de aportes, más de 240.000 personas no van a poder acceder a su jubilación.
Por el contrario, tendrán que seguir trabajando bajo relación de dependencia -con lo que complejo que resulta conseguir empleo para los mayores de 50 años- o deberán acceder a una Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), si es que cumplen con los requisitos que corresponde a un 80% de la mínima y no es complementable con pensiones.
La eliminación de la moratoria funcionaría como una reforma previsional de hecho, ya que en total son 150.000 mujeres y 93.000 varones, en edad de jubilación (60 y 65 años, respectivamente), es decir, un total de 243.000 personas que durante 2025 no podrán jubilarse.
Las opciones que se les ofrece frente a esta situación son: continuar trabajando con aportes o renunciar a éstos y cobrar una PUAM, siempre y cuando, cumplan con los requisitos de estar en los cánones que el Gobierno considera de pobreza, tanto a nivel socioeconómico como patrimonial. Así y todo, la posibilidad de cobrar una pensión incluye una quita de derechos para todas aquellas personas que trabajaron durante toda su vida y esperan llegar a esta edad con mayor "tranquilidad".
Menos derechos para adultos mayores: diferencia entre PUAM y jubilaciones
El principal derecho que se le quita a los adultos mayores con una PUAM está asociado directamente con el haber. Esta pensión equivale al 80% de una jubilación mínima, que actualmente se ubica en $279.121,71, es decir, con este régimen cobrarían solo $223.297,37. A este valor, se le adiciona el bono de $70.000 que está congelado hace exactamente un año y debería ser, atado al aumento previsional, un 113% más alto (esto da unos $148.815).
En esa línea, el fin de la moratoria implicaría una "reforma previsional de hecho" porque sube la edad jubilatoria para las mujeres. Mientras que a una jubilación se accede a partir de los 60 años, el beneficio de la PUAM se permite recién a partir de los 65 años, indistintamente de si son hombres o mujeres. También imposibilita el derecho a trabajar en relación de dependencia, que sí ofrece una jubilación.
A su vez, la PUAM no da derecho a una pensión por fallecimiento para cónyuges, hijos menores ni con discapacidad. Ni tampoco es compatible con una pensión por fallecimiento, como ocurre con muchas mujeres que cobran una pensión una vez fallecida su pareja.